sábado, 2 de mayo de 2009

Nuevas exigencias normativas CTE-HR

La modernización y adecuación de una normativa existente

Si había una laguna en la normativa técnica vigente en España, ésta era la normativa de ruido. La normativa anteriormente vigente, la NBE-CA-88, sobre condiciones acústicas en los edificios únicamente regulaba de forma parcial el aislamiento acústico, dejando otros aspectos también importantes sin regular.

En el CTE DB-HR, además del ruido aéreo y de impacto se regula también el ruido reverberante excesivo que provoca en muchos casos la no inteligibilidad de la palabra, circunstancia que en determinados espacios es crucial. Por ello, se ha cuantificado el tiempo de reverberación de recintos donde la comunicación verbal es fundamental, como aulas, comedores, restaurantes y salas de conferencias. 

Los estudios realizados por SUMA revelan que cerca del 80% de las demandas realizas por los usuarios por temas de ruido son originadas por instalaciones o transmitodas a través de las mismas. la nueva normativa desarrolla con mayor detenimiento el capítulo de protección frente al ruido de las instalaciones, mediante la indicación de buenas prácticas constructivas y métodos para minimizar la transmisión de ruido y vibraciones provocados por éstas.

El DB-HR del CTE ha cambiado la forma de medir las exigencias de aislamiento a ruido aéreo y a ruido de impacto mediante parámetros verificables en una medición in situ, suponiendo una mejora de cara a dictaminar el cumplimiento de la normativa. Finalmente, reseñar que se han aumentado sus niveles de aislamiento exigidos.

viernes, 10 de abril de 2009

Nuevos Tiempos

La dimension de la crisis que estamos viviendo excede a las peores previsiones, así como a la percepción que tiene el ciudadano medio de la misma. La actividad en el sector de la construcción ha sufrido un colapso total, donde circula una pequeña parte del capital que circulaba hace apenas 2 años. El mayor problema sobrevendrá cuando el valor de los activos del mercado inmobiliario se desplome del mismo modo que las empresas cotizadas y el patrimonio de todos los ciudadanos sean notablemente inferior al patrimonio con el que contaban.